Notificación por edicto Exceso de permanencia

Notificación por edicto

27 de febrero de 2025

En el marco del procedimiento administrativo sancionador ordinario iniciado por la Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria (UFM) de la Jefatura Zonal Lima de MIGRACIONES en contra de las personas detalladas en el Cuadro N° 1, se notifica la Resolución Jefatural el cual resuelve aplicar la sanción de SALIDA OBLIGATORIA, por encontrarse en situación migratoria irregular por exceder el tiempo de permanencia otorgado y no haber solicitado su regularización en el plazo fijado por el reglamento, infracción tipificada en el artículo 57, numeral 57.1, literal b) del Decreto Legislativo N° 1350, en virtud a que la comisión de los hechos atribuidos a los presuntos infractores, acontecieron con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1582, y en atención al principio de irretroactividad, correspondería aplicar el marco normativo vigente al momento que realizaron la conducta infractora.


Por tanto, conforme a lo dispuesto en el artículo 255, numeral 6 del TUO de la LPAG, y el artículo 82, inciso d), del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000139-2024-MIGRACIONES, así como el artículo único de la Resolución de Superintendencia N° 000091-2024-MIGRACIONES, corresponde a la autoridad sancionadora NOTIFICAR la resolución que aplique la sanción respecto al procedimiento administrativo sancionador ordinario instaurado en contra de los administrados detallados en el cuadro N° 1; asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 217 y 218 del TUO de la Ley N 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, así como el artículo 211 del Anexo del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350, contra la resolución que impone la sanción, se podrá interponer el recurso administrativo en el término de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de producida la notificación, caso contrario, la resolución quedará consentida y firme; por lo cual, se les OTORGA el plazo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES para que puedan INTERPONER EL RECURSO ADMINISTRATIVO correspondiente mediante la Mesa de Partes Virtual a la que puede acceder a través del Portal Institucional con el siguiente enlace web: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad, seleccionando el trámite de SOLICITUDES EN GENERAL y Presentación de descargos por infracción al D.L. N° 1350.
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NOTIFICACIÓN POR EDICTO EXCESO DE PERMANENCIA.

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