Notificación por edicto Ingreso sin Control
Notificación por edicto
4 de diciembre de 2024
En el marco del procedimiento administrativo sancionador ordinario iniciado por la Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria (UFM) de la Jefatura Zonal Lima de MIGRACIONES en contra de las personas detalladas en el Cuadro N° 1, se notifica los informes de instrucción mediante el cual concluye que se encontrarían incursos en la sanción tipificada en el artículo 57, numeral 57.1, literal a) del Decreto Legislativo N° 1350, que conllevaría la sanción de SALIDA OBLIGATORIA con impedimento de ingreso al territorio nacional por el plazo de cinco (5) años, contados desde el día que efectúe su control migratorio de salida del país por encontrarse en situación migratoria irregular por ingresar al país sin realizar el control migratorio y no haber solicitado su regularización, en virtud a que la comisión de los hechos atribuidos a los presuntos infractores, acontecieron con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1582, y en atención al principio de irretroactividad, correspondería aplicar el marco normativo vigente al momento que realizaron la conducta infractora, por lo que, correspondería la aplicación de la sanción de salida obligatoria establecida en el artículo 54, del literal b) del Decreto Legislativo N° 1350.