Midis dicta medidas para garantizar continuidad del servicio alimentario escolar con calidad y pertinencia
Nota de prensaSe transparentarán menús y marcas de productos, a través de las plataformas digitales, y se redoblará vigilancia sanitaria.


Fotos: OFICINA GENERAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA - MIDIS
1 de mayo de 2025 - 1:05 p. m.
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social emitió la Resolución Ministerial N.º 130-2025-MIDIS, que establece un conjunto de medidas dirigidas a garantizar la atención oportuna, con calidad y pertinencia, del servicio de alimentación escolar, en tanto culmine el proceso de extinción del programa Wasi Mikuna.
Las medidas, 15 en total, se dan en concordancia con los alcances del Decreto Supremo N.0.º 006-2025-MIDIS que, además de aprobar dicho proceso de extinción, declaró en emergencia el servicio alimentario escolar hasta el 31 de diciembre de 2025.
En ese marco, la norma del Midis establece, entre otras, que se transparentarán los menús y las marcas de los productos que forman parte del servicio alimentario escolar, a través de los medios digitales, a fin de que la ciudadanía tenga conocimiento de los mismos.
Asimismo, se deberán proponer medidas temporales e inmediatas para la entrega de alimentos en una modalidad distinta a la empleada en aquellas instituciones educativas en las que las condiciones no garanticen una adecuada preparación, sumando esfuerzos para el seguimiento y monitoreo desde el territorio.
Se evaluará la necesidad de más acciones de muestreo, a cargo de los proveedores y con las entidades certificadoras que se determine en coordinación con el Viceministerio de Prestaciones Sociales, a fin de asegurar la inocuidad y calidad de los productos que han sido suspendidos en su consumo y que no han sido cuestionados.
Igualmente, se realizarán visitas inopinadas de supervisión en instituciones educativas, así como en plantas, fábricas, almacenes y otros espacios de los proveedores, con el objetivo de realizar acciones preventivas y correctivas relacionadas con la prestación del servicio alimentario escolar.
El Midis, con estas medidas, reitera su firme determinación de reforzar, de manera permanente, la vigilancia y supervisión de las modalidades de atención vigentes y las que se implementen, con un enfoque de emergencia.
El sector también evaluará, con sentido de urgencia, la necesidad de reformular o modificar procedimientos del Programa Nacional de Alimentación Escolar, a fin de garantizar la continuidad del servicio de alimentación escolar, beneficiando a los y las escolares del país.
En esa línea, se realizarán ajustes al cronograma de liberación y distribución de alimentos, disponiendo que las próximas entregas del servicio alimentario escolar se efectúen a través de una modalidad distinta a la actual, cuando corresponda, de forma tal que garantice y asegure la prestación de dicho servicio y se cubran los requerimientos nutricionales de sus más de 4.2 millones de usuarios a nivel nacional.
De igual forma, se garantizará que la prestación del servicio alimentario escolar incluya los productos que deben formar parte de la canasta alimentaria, conforme a la ley vigente.
Canal de comunicación directa
Entre las medidas dictadas por el sector, se encuentra el establecimiento de un canal de comunicación directa con proveedores, padres de familia, Comités de Alimentación Escolar (CAE) y actores de la sociedad civil, a fin de recibir e implementar sugerencias y atender denuncias relacionadas con la prestación del servicio alimentario escolar.
Se incluirá a la academia, expertos de la cooperación y otras entidades de la sociedad civil en la mejora de la supervisión y verificación de la cadena de vigilancia.
El gobierno del Perú reafirma su compromiso con el servicio de alimentación escolar y sus más de 4.2 millones de usuarios, lo cual se pone de manifiesto a través de estas medidas que buscan garantizar servicio eficiente y de calidad en beneficio de la niñez peruana.
CONOCE MÁS DE LA NORMA: https://www.gob.pe/institucion/midis/normas-legales/6728798-130-2025-midis
Las medidas, 15 en total, se dan en concordancia con los alcances del Decreto Supremo N.0.º 006-2025-MIDIS que, además de aprobar dicho proceso de extinción, declaró en emergencia el servicio alimentario escolar hasta el 31 de diciembre de 2025.
En ese marco, la norma del Midis establece, entre otras, que se transparentarán los menús y las marcas de los productos que forman parte del servicio alimentario escolar, a través de los medios digitales, a fin de que la ciudadanía tenga conocimiento de los mismos.
Asimismo, se deberán proponer medidas temporales e inmediatas para la entrega de alimentos en una modalidad distinta a la empleada en aquellas instituciones educativas en las que las condiciones no garanticen una adecuada preparación, sumando esfuerzos para el seguimiento y monitoreo desde el territorio.
Se evaluará la necesidad de más acciones de muestreo, a cargo de los proveedores y con las entidades certificadoras que se determine en coordinación con el Viceministerio de Prestaciones Sociales, a fin de asegurar la inocuidad y calidad de los productos que han sido suspendidos en su consumo y que no han sido cuestionados.
Igualmente, se realizarán visitas inopinadas de supervisión en instituciones educativas, así como en plantas, fábricas, almacenes y otros espacios de los proveedores, con el objetivo de realizar acciones preventivas y correctivas relacionadas con la prestación del servicio alimentario escolar.
El Midis, con estas medidas, reitera su firme determinación de reforzar, de manera permanente, la vigilancia y supervisión de las modalidades de atención vigentes y las que se implementen, con un enfoque de emergencia.
El sector también evaluará, con sentido de urgencia, la necesidad de reformular o modificar procedimientos del Programa Nacional de Alimentación Escolar, a fin de garantizar la continuidad del servicio de alimentación escolar, beneficiando a los y las escolares del país.
En esa línea, se realizarán ajustes al cronograma de liberación y distribución de alimentos, disponiendo que las próximas entregas del servicio alimentario escolar se efectúen a través de una modalidad distinta a la actual, cuando corresponda, de forma tal que garantice y asegure la prestación de dicho servicio y se cubran los requerimientos nutricionales de sus más de 4.2 millones de usuarios a nivel nacional.
De igual forma, se garantizará que la prestación del servicio alimentario escolar incluya los productos que deben formar parte de la canasta alimentaria, conforme a la ley vigente.
Canal de comunicación directa
Entre las medidas dictadas por el sector, se encuentra el establecimiento de un canal de comunicación directa con proveedores, padres de familia, Comités de Alimentación Escolar (CAE) y actores de la sociedad civil, a fin de recibir e implementar sugerencias y atender denuncias relacionadas con la prestación del servicio alimentario escolar.
Se incluirá a la academia, expertos de la cooperación y otras entidades de la sociedad civil en la mejora de la supervisión y verificación de la cadena de vigilancia.
El gobierno del Perú reafirma su compromiso con el servicio de alimentación escolar y sus más de 4.2 millones de usuarios, lo cual se pone de manifiesto a través de estas medidas que buscan garantizar servicio eficiente y de calidad en beneficio de la niñez peruana.
CONOCE MÁS DE LA NORMA: https://www.gob.pe/institucion/midis/normas-legales/6728798-130-2025-midis