Resolución Jefatural N.° 074-2013-MIDIS
16 de abril de 2013
Los responsables mencionados en el artículo precedente, deberá cumplir con presentar a la oficina de contabilidad y Control Previo las rendiciones de cuenta documentadas de la utilización de los recursos asignados, cuyo gasto en el mes con cargo a dicho fondo no debe exceder de tres veces el monto constituido, indistintamente del número de rendiciones documentadas que pudieran efectuarse en el mismo periodo, a fin de darle fluidez a su ejecución y mantenerlo en permanente liquidez, según los dispuestos en la Directiva de Tesorería aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 y sus modificatorias.