Resolución Ministerial N.° 138-2024-MIDIS
15 de setiembre de 2024
Artículo 1.- Incorporación
Incorporar los literales g), h), i), j), k) y l) al numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° D000001-2024-MIDIS, en los siguientes términos:
“Artículo 4.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración, durante el año 2024, las facultades y atribuciones siguientes: (…)
4.2. En materia administrativa y de gestión: (…) g) Aceptar la donación de bienes muebles que se encuentran en el territorio nacional o proveniente del extranjero, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir los documentos de carácter privado y/o público para su formalización ante los Registros Públicos cuando corresponda. h) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y suscribir las solicitudes de afectación en uso de bienes muebles, así como su renuncia a ser presentada ante cualquier entidad u organización del Estado, siguiendo los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente. i) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y suscribir las solicitudes de transferencia de bienes muebles, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente. j) Aceptar la donación de predios o bienes inmuebles privados mediante la emisión de la resolución correspondiente, quedando facultado para suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizar dichos actos ante los Registros Públicos cuando corresponda, incluyendo escrituras públicas u otros. k) Aceptar bienes inmuebles privados a través de dación en pago, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizarlos ante los Registros Públicos cuando corresponda. l) Aceptar la donación de servicios en general a que se refiere el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/54.01.”
Incorporar los literales g), h), i), j), k) y l) al numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° D000001-2024-MIDIS, en los siguientes términos:
“Artículo 4.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración, durante el año 2024, las facultades y atribuciones siguientes: (…)
4.2. En materia administrativa y de gestión: (…) g) Aceptar la donación de bienes muebles que se encuentran en el territorio nacional o proveniente del extranjero, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir los documentos de carácter privado y/o público para su formalización ante los Registros Públicos cuando corresponda. h) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y suscribir las solicitudes de afectación en uso de bienes muebles, así como su renuncia a ser presentada ante cualquier entidad u organización del Estado, siguiendo los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente. i) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y suscribir las solicitudes de transferencia de bienes muebles, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente. j) Aceptar la donación de predios o bienes inmuebles privados mediante la emisión de la resolución correspondiente, quedando facultado para suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizar dichos actos ante los Registros Públicos cuando corresponda, incluyendo escrituras públicas u otros. k) Aceptar bienes inmuebles privados a través de dación en pago, conforme los plazos, procedimientos y requisitos de la normativa vigente, emitiendo el acto administrativo correspondiente, así como suscribir documentos de carácter privado y/o público, destinados a formalizarlos ante los Registros Públicos cuando corresponda. l) Aceptar la donación de servicios en general a que se refiere el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/54.01.”