Resolución Ministerial N.° 232-2023-MIDIS
14 de diciembre de 2023
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 011-2023-MIDIS, “Directiva sobre otorgamiento de reconocimiento a los/las servidores/as civiles del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogar la Directiva N° 003-2012-MIDIS “Directiva de incentivos y estímulos para el cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 125-2012-MIDIS, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3.- Los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en lo que corresponda, deben adecuar sus procedimientos internos a las disposiciones previstas en la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente resolución a las Direcciones Ejecutivas de los Programas Nacionales; así como, a los órganos y unidades orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para su cumplimiento.
Artículo 2.- Derogar la Directiva N° 003-2012-MIDIS “Directiva de incentivos y estímulos para el cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 125-2012-MIDIS, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3.- Los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en lo que corresponda, deben adecuar sus procedimientos internos a las disposiciones previstas en la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente resolución a las Direcciones Ejecutivas de los Programas Nacionales; así como, a los órganos y unidades orgánicas de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para su cumplimiento.