Resolución Ministerial N.° 122-2023-MIDIS
27 de junio de 2023
Artículo 1.- Autorizar al/la Procurador/a Público/a y a el/la Procurador/a Público/a Adjunto/a de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria para que, de manera indistinta, puedan asistir y conciliar en las audiencias de conciliación que se realicen en el marco de los veintinueve (29) procesos judiciales bajo los alcances de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, materia del Acta de Transferencia de Procesos Judiciales de fecha 29 de mayo de 2023 suscrita entre la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria.
Artículo 2.- Autorizar al/la Procurador/a Público/a y a el/la Procurador/a Público/a Adjunto/a de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, a delegar las facultades para conciliar a favor de los abogados designados para que puedan asistir y conciliar en las audiencias de conciliación que se realicen en el marco de los veintinueve (29) procesos judiciales bajo los alcances de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, materia del Acta de Transferencia de Procesos Judiciales de fecha 29 de mayo de 2023 suscrita entre la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria.
Artículo 3.- La facultad otorgada en los artículos 1 y 2 debe ser ejercida de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; salvaguardando los intereses del Estado.
Artículo 4.- La Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria debe informar semestralmente al Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social, así como a la Procuraduría General del Estado, sobre las conciliaciones realizadas en mérito de la autorización concedida por la presente Resolución Ministerial.
Articulo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, a la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y a la Procuraduría General del Estado, para los fines correspondientes.
Artículo 2.- Autorizar al/la Procurador/a Público/a y a el/la Procurador/a Público/a Adjunto/a de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, a delegar las facultades para conciliar a favor de los abogados designados para que puedan asistir y conciliar en las audiencias de conciliación que se realicen en el marco de los veintinueve (29) procesos judiciales bajo los alcances de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, materia del Acta de Transferencia de Procesos Judiciales de fecha 29 de mayo de 2023 suscrita entre la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria.
Artículo 3.- La facultad otorgada en los artículos 1 y 2 debe ser ejercida de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; salvaguardando los intereses del Estado.
Artículo 4.- La Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria debe informar semestralmente al Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social, así como a la Procuraduría General del Estado, sobre las conciliaciones realizadas en mérito de la autorización concedida por la presente Resolución Ministerial.
Articulo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, a la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y a la Procuraduría General del Estado, para los fines correspondientes.