Código de Ética de la Función Pública. Ley N° 27815

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15 de julio de 2013

Se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los nivelesjerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al serviciodel Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que estésujeto.
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