Orientación para presentar el inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023

Comunicado
MEF-COMUNICADO_13.02.2024_DGGFRH_gob

Dirección General de Abastecimiento

13 de febrero de 2024 - 6:10 p. m.

La Dirección General de Abastecimiento (DGA), como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), comunica a las Entidades del sector público lo siguiente:
1. De conformidad con lo previsto en la Novena Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, en adelante “la Directiva”, las Entidades del Sector Público bajo el ámbito de aplicación de la Directiva, deben gestionar el inventario de los bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023, cuando:
· Hasta el 15 de marzo del año 2023 no hayan cumplido con presentar el inventario de los bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2022.
· En el Acta de Conciliación de Inventario correspondiente al año 2022 se consignen diferencias en su conciliación patrimonio – contable.
2. Para la presentación del inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023, con fecha de cierre al 31 de diciembre del mismo año, se realiza hasta el 15 de marzo del 2024, conforme con lo establecido en el literal a) del numeral 36.1 del artículo 36, así como en el numeral 2 de la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva.
3. El Módulo de Bienes Muebles del SINABIP Web se encuentra habilitado, desde el 01 de enero del año 2024, para presentar el inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023, al cual se accede por medio del enlace: https://apps4.mineco.gob.pe/SGISBN/sinabip.php, donde debe registrarse lo siguiente:
· Relación de bienes muebles patrimoniales.
· Informe Final de Inventario.
· Acta de Conciliación de Inventario.
4. La DGA comunica a la Contraloría General de la República la relación de entidades que no cumplan con presentar el inventario de sus bienes muebles patrimoniales; por lo que se recuerda a las Entidades del Sector Público, bajo el ámbito de aplicación de la Directiva, a adoptar las acciones pertinentes para cumplir con la obligación de presentar el inventario patrimonial de bienes muebles correspondiente al año 2023.
5. A través del siguiente enlace se accede a la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y sus modificatorias:

Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección General de Abastecimiento (DGA)