Pautas adicionales para las unidades ejecutoras comprendidas en los alcances del Decreto Supremo N°043-2022-EF

Comunicado
Comunicado N° 001-2023-EF/52.01
MEF-COMUNICADO_04.02.2023_Tesoro-Público.png

4 de febrero de 2023 - 10:39 a. m.

En el marco de la aplicación de la Directiva N° 0001-2022-EF/52.06, Directiva para la implementación del Decreto Supremo N° 043-2022-EF, aprobada por la Resolución Directoral Nº 012-2022-EF/52.0, en adelante la “Directiva”, se dan las siguientes pautas adicionales:
 
  1. El registro de la constitución y reembolso del Fondo de Devoluciones en Efectivo referido en el artículo 15 de la Directiva, se realiza utilizando el Clasificador de Ingresos: 1.5.51.412 “Devolución de otros ingresos del Tesoro Público”, y se procede conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Directiva
  2. Los conceptos de ingresos no comprendidos en los alcances del D.S. 043-2022-EF, siguen siendo Recursos Directamente Recaudados de las entidades bajo su alcance, los que continúan con el mismo procedimiento de registro en cuanto a la ejecución de ingresos, centralización a la CUT y ejecución de gastos; debiendo utilizarse el tipo de Recurso 8 “Sub cuenta – Otros RDR”. Las entidades que mantengan saldo de Asignaciones Financieras al 31.12.2022, deberán solicitar la respectiva reasignación del Tipo de Recurso 7 al 8 con indicación del concepto e importe no comprendido.
  3. Las operaciones de movimiento de fondos, así como de gastos por servicios bancarios autorizados por la entidad, que afecten cuentas recaudadoras, son registrados financieramente (clasificador cero), considerando los siguientes códigos de Tipos de Recurso:
 
“24”: CTA.CTRAL RO-DS 043-2022-EF, para operaciones que afectan la cuenta central R.O. (Ex RDR) (operaciones cuyos registros son transmitidos al Banco de la Nación). Incluye también las devoluciones del punto 1 que se efectúen con cargo a la cuenta central (solo por el I Trimestre 2023).
 
“25”: CTA. ADIC. RO-DS 043-2022-EF, para operaciones que afectan las cuentas recaudadoras adicionales (operaciones cuyos registros no son transmitidos al Banco de la Nación)

DIRECCION GENERAL DEL TESORO PÚBLICO