Consideraciones a observar para la aprobación del cuadro multianual de necesidades

Comunicado
COMUNICADO N° 002-2023-EF/54.01
Consideraciones a observar para la aprobación del cuadro multianual de necesidades

Dirección General de Abastecimiento

13 de enero de 2023 - 3:15 p. m.

La Dirección General de Abastecimiento, ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, comunica lo siguiente:
· Mediante Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y sus modificaciones aprobadas mediante la Resolución Directoral N° 0005-2022-EF/54.01, se emitió la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, que tiene por objeto establecer las disposiciones para la elaboración del Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) que se realiza por un periodo mínimo de tres (3) años fiscales.
· La aprobación del CMN se efectúa dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de las entidades, y la realiza el Titular de la Entidad o a quien se hubiera delegado dicha facultad.
· De acuerdo con la Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, para la aprobación del CMN se requiere únicamente de la suscripción del Formato contenido en el Anexo N° 04 - Cuadro Multianual de Necesidades (para aprobación y publicación). En tal sentido, no es necesario que se emita resolución, acuerdo u otro documento, adicional, para su aprobación.
Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección General de Abastecimiento (DGA)