Modificación de fecha de vigencia de los registros CAS en el AIRHSP

Comunicado
A las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales / Comunicado N° 0001-2022-EF/53.01

6 de enero de 2022 - 4:36 p. m.

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) comunica que, mediante la Septuagésima Segunda y Septuagésima Tercera Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se ha autorizado a las entidades públicas a:
Prorrogar la vigencia de los contratos de personal suscritos bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, en el marco de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021 y en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 083-2021; y,
  • Contratar personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 por reemplazo o suplencia de aquellos servidores civiles que hayan finalizado su vínculo contractual a partir del 3 de agosto de 2021 en registros cuyo código se encuentre habilitado en el AIRHSP y esté inmerso en la Ley N° 31131 y en los Decretos de Urgencia N° 034-2021 y N° 083-2021. 

En ese sentido, se ha realizado un análisis respecto a la disponibilidad presupuestal[1], teniendo en consideración la información de los registros CAS en el AIRHSP y el Presupuesto Institucional de Apertura del 2022 aprobado mediante Ley N° 31365. Del resultado de dicho análisis, las entidades (Unidades Ejecutoras y Pliegos) deben: 

  • Identificar en el AIRHSP los registros CAS cuya fecha de fin de vigencia (temporalidad) han sido modificados, según el resultado de la evaluación presupuestal con una ampliación de la temporalidad de 2 meses o 1 mes, así como identificar aquellos registros cuya temporalidad no ha sido modificada;
  • Identificar los registros CAS que tendrán continuidad en el presente año y solicitar su prórroga mediante oficio dirigido a la DGGFRH, adjuntando el informe de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora respecto a la necesidad y temporalidad de la contratación, el informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora y del Pliego respecto al financiamiento de la continuidad de los CAS solicitados y el reporte Datos Laborales y Nómina del AIRHSP con la relación de registros a prorrogar. Cabe precisar que si la entidad ya ha remitido una solicitud de prórroga, esta continuará su trámite pudiendo la entidad remitir una nueva solicitud en virtud de las modificaciones realizadas dejando sin efecto la solicitud en curso; y,
  • Eliminar aquellos registros CAS que no tengan prórroga, caso contrario éstos permanecerán en el AIRHSP hasta la fecha de vigencia registrada.

Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos
Viceministerio de Hacienda
 

[1]  Para dicho análisis se realiza una comparación entre el presupuesto total que tienen en la partida 2.3.2 8.1 “Contrato Administrativo de Servicios”, sin considerar el presupuesto a los que hace mención el literal a) del numeral 43.1 y el numeral 48.1 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y el costo anual de los registros sostenibles y el costo mensualizado de los registros temporales en el AIRHSP, sin considerar a los registros CAS vacantes antes de agosto de 2021.