Impacto de la Segunda Disposición Complementaria Final del D.U. N° 034-2021 en el proceso de trámite de nuevos registros CAS en el AIRHSP

Comunicado
A entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales

3 de abril de 2021 - 5:57 p. m.

Como consecuencia de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del  Decreto de Urgencia N° 034-2021 “Decreto de urgencia que establece medidas para el otorgamiento de la “prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia del coronavirus covid-19” y del “subsidio por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con covid-19””[1], la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos dispone lo siguiente:
 
1.      Se atenderá los requerimientos de aquellos nuevos contratos CAS suscritos en el marco del Decreto de Urgencia N° 034-2021, hasta el 17 de mayo de 2021.
 
2.      Los requerimientos para nuevos registros CAS, en el marco del Decreto de Urgencia N° 034-2021, deberán ser realizados a través del “Módulo de Creación de Registros CAS en el AIRHSP”.
 
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FISCAL DE RECURSOS HUMANOS
VICEMINISTERIO DE HACIENDA

[1]Decreto de Urgencia publicado el 31 de marzo de 2021. De acuerdo a lo dispuesto en la segunda disposición complementaria y final del referido Decreto de Urgencia, se autoriza a las entidades a contratar servidores civiles, a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS) hasta el 17 de mayo de 2021.