Prórroga de la suspensión de plazos de procedimientos de selección y otras disposiciones en materia de abastecimiento

Comunicado
Comunicado N° 004-2020 EF/54.01

Fotos: Dirección General de Abastecimiento

Dirección General de Abastecimiento

26 de abril de 2020 - 1:15 p. m.

La Dirección General de Abastecimiento, como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, en cumplimiento de las medidas de emergencia nacional dictadas por el Gobierno por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, comunica a las entidades públicas, usuarios del sistema y ciudadanía en general, que mediante Resolución Directoral Nº004-2020-EF-54.01 ha dispuesto lo siguiente:

  • Prorrogar, a partir del 27 de abril de 2020 y por catorce (14) días calendario, la suspensión del cómputo de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resolución Directoral Nº002-2020-EF/54.01 y Resolución Directoral Nº003-2020-EF/54.01.
  • Exceptuar, además de los procedimientos excluidos en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, a los procedimientos que las entidades consideren esenciales en el marco del cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad de su titular y siempre que se tomen las medidas necesarias para no afectar el aislamiento social obligatorio dispuesto por el gobierno.
  • Téngase presente que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, no se encuentran suspendidos los plazos, ni prohibidas las convocatorias de los procedimientos de selección que garanticen el abastecimiento de servicios esenciales tales como: Alimentos (insumos para comedores populares, programas de ayuda social, productos para la canasta básica familiar, vaso de leche, alimentación para fuerzas policiales, fuerzas armadas, reos, pacientes internados en hospitales y centros de salud, etc), medicinas, servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y otros indicados en dicha norma.
Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe.