Comunicado sobre la aplicación de los factores de evaluación

Comunicado
COMUNICADO N° 009-2025-EF/54.01
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14 de junio de 2025 - 9:30 a. m.

COMUNICADO N° 009-2025-EF/54.01

La Dirección General de Abastecimiento (DGA), como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), comunica lo siguiente:

1. La Directiva N° 0005-2025-EF/54.01, “Directiva que establece las bases estándar para los procedimientos de selección en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0015-2025-EF/54.01, establece las bases estándar que deben ser utilizadas por las entidades contratantes en sus procedimientosde selección.

2. El 12 de junio de 2025 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/54.01, cuya Única Disposición Complementaria Final tiene por objeto atender supuestos que podrían presentarse como parte de la casuística en contratación pública,brindando a las entidades contratantes de herramientas de gestión administrativa, estableciendo lo siguiente:

- Pueden emplearse un número menor de factores de evaluación facultativos al mínimo establecido y/o asignar puntajes superiores a los puntajes máximos establecidos para la evaluación técnica de las bases estándar, siempre que ello se encuentre orientado a cautelar el cumplimiento oportuno de los fines públicos.

- Dichas acciones deben sustentarse en aspectos vinculados con el objeto de la convocatoria, su naturaleza, complejidad y/o con el mercado identificados durante la fase de actuaciones preparatorias.

- En ningún caso el número de factores de evaluación técnica facultativos es menor a dos.

La Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/54.01puede descargarse a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/6861651-0022-2025-ef-54-01.

Dirección General de Abastecimiento
Ministerio de Economía y Finanzas


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