Comunicado: Prórroga de la suspensión de plazos de procedimientos de selección y otras disposiciones en materia de abastecimiento

Comunicado

12 de abril de 2020 - 6:56 p. m.

La Dirección General de Abastecimiento, como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, en cumplimiento de las medidas de emergencia nacional dictadas por el Gobierno mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2020, que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y las prórrogas del Estado de Emergencia Nacional dispuestas a través de los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM, comunica a las entidades públicas, usuarios del sistema y ciudadanía en general, que mediante Resolución Directoral Nº003-2020-EF/54.01 se dispone lo siguiente:

  • Prorrogar, a partir del 13 de abril de 2020 y por catorce (14) días calendario, la suspensión del cómputo de los plazos de los procedimientos indicados en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, prorrogados mediante Resolución Directoral N° 002-2020-EF-54.01.
  • Exceptuar del alcance de las disposiciones previstas en los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01, a los procedimientos que las entidades, en el marco del cumplimiento de sus funciones consideren esenciales para preservar la vida, subsistencia, salud y seguridad de la población, bienes e infraestructura pública, aun cuando estos no se encuentren relacionados con la prevención de la propagación del Coronavirus (COVID-19) y su atención, bajo responsabilidad de su titular y siempre que se tomen las medidas necesarias para no afectar el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Gobierno.
  • Cabe precisar que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, no se encuentran suspendidos los plazos, ni prohibidas las convocatorias de los procedimientos de selección que garanticen el abastecimiento de servicios esenciales tales como: alimentos (para comedores populares, programas de ayuda social, para la canasta básica familiar, vaso de leche, para fuerzas policiales, fuerzas armadas, reos, pacientes internados en hospitales y centros de salud, etc), medicinas, servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y otros indicados en dicha norma.

Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe

Dirección General de Abastecimiento