Orientación para la presentación del inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2024
ComunicadoComunicado N° 001-2025-EF/54.01

24 de febrero de 2025 - 8:47 a. m.
La Dirección General de Abastecimiento (DGA), como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), comunica a las Entidades del Sector Público lo siguiente:
1. De conformidad con lo previsto en la Novena Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, en adelante, la Directiva, las Entidades bajo su ámbito de aplicación deben gestionar el inventario de los bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2024, cuando:
- Hasta el 15 de marzo del año 2024 no hayan cumplido con presentar el inventario de los bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023.
- En el Acta de Conciliación de Inventario correspondiente al año 2023 se consignen diferencias en su conciliación patrimonio – contable.
2. De acuerdo con lo previsto en el numeral 31.1 del artículo 31 de la Directiva, aquellas Entidades que no estuvieron obligadas a gestionar el inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2023, deben gestionar el inventario del año 2024.
3. La presentación del inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2024, con fecha de cierre al 31 de diciembre del mismo año, se realiza hasta el 15 de marzo de 2025, conforme con lo establecido en el literal a) del numeral 36.1 del artículo 36, así como en el numeral 2 de la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva.
4. Las Entidades obligadas a registrar el inventario de bienes muebles patrimoniales correspondiente al año 2024, lo presentan a través del Módulo de Bienes Muebles del SINABIP Web, habilitado desde el 01 de enero de 2025, al cual se accede por medio del enlace: https://apps4.mineco.gob.pe/SGISBN/sinabip.php; sin perjuicio de su registro en el Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, en el caso de aquellas entidades que lo tengan implementado.
5. La DGA comunica a la Contraloría General de la República la relación de Entidades que no cumplan con presentar el inventario de bienes muebles patrimoniales en la forma y plazo establecido en la Directiva; por lo que se exhorta a las Entidades del Sector Público, bajo el ámbito de aplicación de la Directiva, a adoptar las acciones pertinentes para cumplir con la obligación de presentar el inventario patrimonial de bienes muebles correspondiente al año 2024.
6. A través del siguiente enlace se accede a la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y sus modificatorias:
Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe.
Dirección General de Abastecimiento
Ministerio de Economía y Finanzas
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Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección General de Abastecimiento (DGA)