Información para las entidades comprendidas en el alcance del Decreto Supremo N° 043-2022
ComunicadoCOMUNICADO Nº 0003-2025-EF/52.01

20 de enero de 2025 - 5:51 p. m.
INFORMACIÓN PARA LAS ENTIDADES COMPRENDIDAS EN EL ALCANCE DEL DECRETO SUPREMO N° 043-2022-EF, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTIMACIÓN DE INGRESOS DE LOS AÑOS 2026, 2027 Y 2028; Y LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTIMACIÓN DE INGRESOS DEL AÑO 2025
De conformidad con los artículos 5, 6, 7 y 8 de la Directiva N° 0001-2022-EF/52.06, Directiva para la implementación del Decreto Supremo N° 043-2022-EF, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2022-EF/52.01, se informa lo siguiente:
De conformidad con los artículos 5, 6, 7 y 8 de la Directiva N° 0001-2022-EF/52.06, Directiva para la implementación del Decreto Supremo N° 043-2022-EF, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2022-EF/52.01, se informa lo siguiente:
1. Para efectos de la estimación de ingresos a realizarse durante el presente año, las entidades deben estimar los flujos financieros a recaudar o percibir durante los próximos tres (03) años, en línea con la Programación Multianual Presupuestaria 2026 – 2028, además de la actualización de la estimación del año 2025.
2. La presentación de esta información debe ser hasta el nivel de “Específica Detalle” del Clasificador Económico de Ingresos vigente y comprenderá los estimados anuales para los años 2025, 2026, 2027 y 2028. Adicionalmente, para los años 2025 y 2026 se debe incluir un detalle mensual de los estimados anuales.
3. La información debe ser registrada y cerrada por las Unidades Ejecutoras a partir del 01 de febrero de 2025 en el Módulo de Estimación de Ingresos del SIAF-Operaciones en Línea, en adelante “Módulo”, y debe ser finalizada por parte del pliego presupuestario en dicho Módulo, dentro de los primeros quince (15) días calendario de febrero de 2025.
4. Para realizar modificaciones de las estimaciones, el pliego presupuestario podrá solicitar la apertura del Módulo a la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) al correo: estimacioningresosdgtp@mef.gob.pe, siempre que se encuentre dentro del plazo de los quince (15) días calendario de febrero de 2025. Asimismo, se podrá realizar consultas técnicas u operativas que las entidades consideren necesarias.
5. Las entidades pueden ingresar al Módulo a través del enlace: https://apps4.mineco.gob.pe/siafadmapp/. El Director General de Administración de la Entidad, o quien haga sus veces, crea el usuario y clave de acceso a través del Módulo a nombre del jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto o del funcionario que haga sus veces. Las entidades deben revisar el Manual de Usuario del Módulo disponible en el enlace:
6. Los estimados de ingresos que fueron registrados y cerrados en el Módulo, serán sustentados por las entidades durante los primeros quince (15) días calendario de marzo de 2025; para tal fin, la Dirección General del Tesoro Público remitirá vía correo electrónico el cronograma de reuniones en las cuales deberá participar necesariamente el jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto o quien haga sus veces, así como otros representantes de la entidad que hayan participado en el proceso de estimación de ingresos.
7. Los estimados de ingresos se registran en moneda nacional (soles); por tanto, en los casos que las entidades prevean recaudar ingresos en moneda extranjera, se debe realizar la valorización respectiva a soles; para tal fin, se utiliza el Tipo de Cambio Promedio (soles por US dólar) del Marco Macroeconómico Multianual que se encuentre vigente a la fecha del registro de la estimación de ingresos.
8. Finalmente, los ingresos estimados que serán registrados por las entidades deben corresponder únicamente a los recursos que pasan a formar parte del Tesoro Público en el marco de la implementación del Decreto Supremo N° 043-2022-EF, lo cual implica que, en los casos de recaudación compartida con finalidad expresa, las entidades solo registran el importe neto de los recursos que les corresponde a cada una.
Es relevante que las Unidades Ejecutoras elaboren una buena estimación de los ingresos en coordinación con los Pliegos al cual pertenecen a fin de que se asegure la correcta asignación presupuestal para la ejecución del gasto.