Comunicado N° 0008-2024-EF/52.01

Comunicado
A las Unidades Ejecutoras de pliegos del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y pliegos de los Gobiernos Locales
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Oficina de Comunicaciones

27 de diciembre de 2024 - 10:35 a. m.

Referencia:Directiva N° 004-2024-EF/52.06 aprobada por la Resolución Directoral N° 0011-2024-EF/52.01

1. En el marco de lo establecido por la directiva de la referencia, con fecha 10 de diciembre del presente, se ha procedido a trasladar a favor de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT) los saldos de cuentas corrientes en el Banco de la Nación que mantienen fondos por: (i) “Retenciones 10% Ley 28015-Art.21” y (ii) “Ejecución Cartas Fianza por Garantías” de titularidad de las entidades detalladas en el listado que, con indicación de sus respectivas cuentas y montos, se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.mef.gob.pe/contenidos/tesoro_pub/comunicados/Manuales_listado_entidades_Dic24.zip


2. El desagregado de los saldos trasladado a la CUT en el módulo “SIAF – Operaciones en Línea”, así como los registros administrativos correspondientes se realizan conforme a los plazos establecidos en la citada Directiva y al procedimiento operativo descrito en el manual que también se encuentra en el enlace antes mencionado.

3. Si los montos traslados a la CUT corresponden a conceptos distintos a los señalados en el numeral 1. las entidades pueden efectuar el desagregado a que se refiere numeral 2. utilizando, de ser el caso, aquellos recientemente incorporados en el citado Módulo: (i) Garantías por subastas, (ii) Garantías por alquileres de inmuebles y (iii) RDR de la entidad, de acuerdo con la normativa aplicable.

La incorporación de otros conceptos aún no contemplados, deben ser solicitados formalmente a la DGTP, de ser el caso.



DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO PÚBLICO