Registro del devengado Año Fiscal 2024
ComunicadoA LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES / COMUNICADO N° 0032-2024-EF/50.01

13 de diciembre de 2024 - 11:55 a. m.
La Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de sus funciones establecidas en el Decreto Legislativo N 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en tanto se encuentra próximo el cierre del Año Fiscal 2024, recuerda a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales en relación al devengado lo siguiente:
- El devengado es el acto mediante el cual se reconoce una obligación de pago, derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor.
- El reconocimiento de la obligación debe afectarse al Presupuesto Institucional, en forma definitiva en la correspondiente cadena de gasto.
- Para el registro presupuestal del devengado, el área usuaria, bajo responsabilidad, deberá verificar el ingreso real de los bienes, la efectiva prestación de los servicios o la ejecución de obra, como acción previa a la conformidad correspondiente.
- El reconocimiento de devengados que no cumplan con los criterios antes señalados dará lugar a responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda, del Titular de la Entidad y del responsable del área usuaria y de la oficina de administración o la que haga sus veces en la Entidad.
- La Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional de las Entidades supervisan la legalidad de la ejecución del presupuesto público, comprendiendo la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, en el marco de lo establecido en el numeral 82.1 del artículo 82, del Decreto legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Por lo expuesto, se exhorta a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales cumplir estrictamente con lo anteriormente señalado, así como a sus oficinas de presupuesto, administración, abastecimiento y tesorería o la que hagas sus veces como responsables del proceso de ejecución del gasto público.
Dirección General de Presupuesto Público
Dirección General de Presupuesto Público