Resolución Ministerial N.° 038-2018-EF/52
2 de febrero de 2018
Autorizan el procesamiento excepcional del Gasto Girado de los Devengados debidamente formalizados y registrados al 31 de diciembre del Año Fiscal 2017, por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, y por diversos pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales