Decreto Supremo N.° 112-2014-EF
21 de mayo de 2014
Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión de la Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N