Decreto Supremo N.° 068-2000-EF

1 de julio de 2000

Precisan que lo dispuesto en literal d) del Art. 21 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, es de aplicación a las acciones y participaciones recibidas como resultado de la capitalización de deudas en el marco del D.U. Nº 064-99.

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