Bono del buen pagador en los créditos hipotecarios otorgados por los fondos de vivienda militar y policial
Nota Informativa

11 de julio de 2025 - 9:12 a. m.
En el presente año, se publicó la Ley N° 32359, ley que incluye como beneficiarios del Bono del Buen Pagador al personal policial y militar aportantes a los Fondos de Vivienda Militar y Policial, estableciéndose un hito para los mencionados fondos, que es: la obtención de un subsidio del Estado para el financiamiento de los créditos hipotecarios de sus aportantes, beneficio que, los aportantes estaban imposibilitados de obtener al no contar con una regulación que así lo estableciera. Esta medida marca un importante avance en materia de bienestar y acceso a vivienda digna para el personal que contribuye al fondo.
Para delimitar la importancia de la inclusión de nuestros aportantes, tenemos que hacer referencia a la finalidad de la Ley N° 29033, publicada en junio de 2007, ley que crea el Bono del Buen Pagador, cuyo objetivo fue incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crédito MIVIVIENDA, inicialmente, este bono consistía en otorgar una ayuda económica directa no reembolsable a las personas que accedan a un crédito MIVIVIENDA o a financiamiento del Fondo MIVIVIENDA, por medio de las empresas del sistema financiero.
Con estas consideraciones, se inicia el proyecto de reconocer a los aportantes del Fondo de Vivienda de la Marina, y con ello, a todos los Fondos, que nuestro personal sea beneficiario del Bono del Buen Pagador, un periplo que inició en el 2024 y tuvo éxito, con la publicación de la Ley N° 32359.
La Marina de Guerra del Perú reafirma su compromiso de continuar promoviendo medidas que fortalezcan el bienestar integral de su personal, reconociendo su esfuerzo y dedicación al servicio de la nación.
Para delimitar la importancia de la inclusión de nuestros aportantes, tenemos que hacer referencia a la finalidad de la Ley N° 29033, publicada en junio de 2007, ley que crea el Bono del Buen Pagador, cuyo objetivo fue incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crédito MIVIVIENDA, inicialmente, este bono consistía en otorgar una ayuda económica directa no reembolsable a las personas que accedan a un crédito MIVIVIENDA o a financiamiento del Fondo MIVIVIENDA, por medio de las empresas del sistema financiero.
Con estas consideraciones, se inicia el proyecto de reconocer a los aportantes del Fondo de Vivienda de la Marina, y con ello, a todos los Fondos, que nuestro personal sea beneficiario del Bono del Buen Pagador, un periplo que inició en el 2024 y tuvo éxito, con la publicación de la Ley N° 32359.
La Marina de Guerra del Perú reafirma su compromiso de continuar promoviendo medidas que fortalezcan el bienestar integral de su personal, reconociendo su esfuerzo y dedicación al servicio de la nación.