Resolución Jefatural N.° 000001-2026-LLP/DE/UFAF
SE RESUELVE: ARTÍCULO 1°. - Aprobar la baja. Aprobar la baja contable y patrimonial de un (01) bien mueble patrimonial por la causal de “Falta de idoneidad del bien” y de veintitrés (23) bienes mueble
9 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Aprobar la baja.
Aprobar la baja contable y patrimonial de un (01) bien mueble patrimonial por la causal de “Falta de idoneidad del bien” y de veintitrés (23) bienes muebles patrimoniales por la causal de “Obsolescencia técnica” de propiedad del Programa de
Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, cuyos valores históricos, depreciación y netos, así como su identificación y características técnicas se encuentran especificados en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
ARTÍCULO 2°. - Cancelación del registro patrimonial y contable.
Remitir la presente Resolución Jefatural a la Coordinación Funcional de Abastecimiento y Servicios Generales y a la Coordinación Funcional de Contabilidad para la respectiva cancelación de la anotación en el registro contable y patrimonial de los bienes muebles a que se hacen referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 1°. - Aprobar la baja.
Aprobar la baja contable y patrimonial de un (01) bien mueble patrimonial por la causal de “Falta de idoneidad del bien” y de veintitrés (23) bienes muebles patrimoniales por la causal de “Obsolescencia técnica” de propiedad del Programa de
Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, cuyos valores históricos, depreciación y netos, así como su identificación y características técnicas se encuentran especificados en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
ARTÍCULO 2°. - Cancelación del registro patrimonial y contable.
Remitir la presente Resolución Jefatural a la Coordinación Funcional de Abastecimiento y Servicios Generales y a la Coordinación Funcional de Contabilidad para la respectiva cancelación de la anotación en el registro contable y patrimonial de los bienes muebles a que se hacen referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
