Junta Nacional de Justicia escuchó recursos de reconsideración de tres fiscales no ratificados
Nota de prensaVista pública se desarrolló de manera virtual.


11 de marzo de 2025 - 4:42 p. m.
En el marco de la Convocatoria n.º 001-2023-RATIFICACIÓN/JNJ, correspondiente a los Procedimientos Individuales de Evaluación y Ratificación, el Pleno de la Junta Nacional de Justicia escuchó los recursos de reconsideración que tres fiscales adjuntos provinciales presentaron contra las resoluciones de no ratificación.
Se trata de María Julia Mendoza Cabellos, en su condición de exfiscal adjunta provincial mixta de Santa, del distrito fiscal del Santa; Luz María Salirrosas Vargas, en su condición de exfiscal adjunta al fiscal provincial mixto de Sánchez Carrión, del distrito fiscal de La Libertad; y de Jesús Jerónimo Pacheco Bernal, exfiscal adjunto provincial penal corporativo de Ica, del distrito fiscal de Ica.
Luego de la intervención de los fiscales no ratificados, los magistrados de la Junta Nacional de Justicia realizaron las preguntas respectivas. La causa quedó al voto y será resuelta dentro de los plazos de ley.
De acuerdo al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, el organismo autónomo ratifica cada siete años a los jueces y fiscales de todos los niveles. Este procedimiento requiere el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros de la JNJ, es decir cinco votos.
Área de Comunicación e Imagen
Se trata de María Julia Mendoza Cabellos, en su condición de exfiscal adjunta provincial mixta de Santa, del distrito fiscal del Santa; Luz María Salirrosas Vargas, en su condición de exfiscal adjunta al fiscal provincial mixto de Sánchez Carrión, del distrito fiscal de La Libertad; y de Jesús Jerónimo Pacheco Bernal, exfiscal adjunto provincial penal corporativo de Ica, del distrito fiscal de Ica.
Luego de la intervención de los fiscales no ratificados, los magistrados de la Junta Nacional de Justicia realizaron las preguntas respectivas. La causa quedó al voto y será resuelta dentro de los plazos de ley.
De acuerdo al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, el organismo autónomo ratifica cada siete años a los jueces y fiscales de todos los niveles. Este procedimiento requiere el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros de la JNJ, es decir cinco votos.
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