COMUNICADO n.º 004-2025-JNJ

Comunicado
COMUNICADO n.° 004-2025-JNJ

28 de febrero de 2025 - 9:49 a. m.

Ante la información difundida en diversos medios de comunicación respecto a la duración del procedimiento disciplinario inmediato abierto a los jueces supremos integrantes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República en el año 2024, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) considera conveniente precisar a la ciudadanía lo siguiente:

1. De acuerdo con el artículo 54 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, el procedimiento disciplinario inmediato, como todos los procedimientos disciplinarios llevados a cabo por la JNJ, tiene dos fases: instructora, donde el miembro instructor realiza la actividad probatoria para el esclarecimiento de los hechos y los cargos imputados; y decisoria, donde el Pleno de la JNJ emite su decisión respecto a la responsabilidad de la persona investigada, imponiendo la sanción o absolviendo del cargo imputado.

2. Asimismo, de acuerdo al artículo 15 del citado Reglamento, el plazo de duración del procedimiento disciplinario inmediato es de hasta nueve (9) meses desde la fecha de notificación de imputación de cargos, el cual puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo por tres (3) meses, por causa justificable.

3. Por tanto, es totalmente falso, como malintencionadamente están (des)informando algunos medios de prensa, que el procedimiento disciplinario inmediato dure diez (10) días.

4. En este sentido, es importante que los medios de prensa comuniquen información veraz, objetiva y contrastada, pues con ello contribuyen a la formación de una opinión pública crítica y al fortalecimiento de la democracia. Por el contrario, la difusión de noticias falsas o manipuladas puede generar desinformación, polarización social y desconfianza en las instituciones.

Gino Augusto Tomás Ríos Patio
Presidente de la Junta Nacional de Justicia