Resolución de Secretaría General N.° 58-2025-ITP

23 de mayo de 2025

Modificar el literal o) del artículo 27 del Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, el cual queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 27.- Tipos de licencia

(…)

Sin goce de haber:

(…)


o) Para atender asuntos particulares, hasta por trecientos sesenta y cinco (365) días calendario continuos o discontinuos, contabilizados durante la vigencia del vínculo laboral.
Cuando el motivo de la licencia sea una formación profesional o formación laboral relacionada a Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i), que sea autogestionada por el/la servidor/a civil o corresponda a una beca del sector privado, y que se desarrolla en el extranjero o en una provincia distinta de donde labora el/la servidor/a civil, la entidad puede otorgar la licencia por el tiempo que dure el proceso total de la capacitación, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 28 del presente Reglamento.
(…)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Secretaría General 2025

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