Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 324-2019-ITP

13 de diciembre de 2019

Declarar la nulidad de oficio de (i) la no admisión de la oferta de MAHECOR S.A.C. y (ii) del otorgamiento de la buena pro a favor de IMAD PERU S.A.C. sobre los ítems N. 03 y 04, dispuestas por el comité de selección de la licitación pública Nº 6-2019-ITP "Adquisición de equipos de carpintería para el PIP del CITEproductivo Madre de Dios", en aplicación de lo establecido en el numeral 44.1 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de contrataciones del estado, aprobado por decreto supremo N° 82-2019-EF, retrotrayendo el procedimiento de selección al momento en que ocurrió el vicio de nulidad, esto es a la admisión de ofertas, conforme los fundamentos expuestos.

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