Resolución de Secretaría General N.° 162-2016-ITP

9 de setiembre de 2016

Declarar improcedente la solicitud de ampliación de plazo Nº 1O, requerida por Paradizo S.R.L., para la ejecución del Adicional de Obra Nº 02 y Deductivo Vinculante Nº 01, Adicional de Obra N° 03 y Deductivo Vinculante Nº 02 y Adicional de Obra Nº 04 y Deductivo Vinculante Nº 03, respectivamente; en consecuencia, manteniéndose como fecha de culminación de la Obra: "Creación de Servicios Tecnológicos para la Cadena Productiva de Madera y la Agroindustria de Productos de Castaña, Cacao y Copoazú, distrito de Tambopata, provincia Tambopata, departamento Madre de Dios", el 20 de octubre de 2016, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución .

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