Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 83-2017-ITP
6 de junio de 2017
Declarar improcedente por extemporáneas, las observaciones a la liquidación del contrato n° 40-2015-itp/sg/oga-abast, presentadas por el supervisor arquitecto enrique anibal gutierrez cárdenas, mediante carta n° 003-2017-itp/co-eagc/js, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
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