Resolución de Secretaría General N.° 111-2018-ITP
13 de julio de 2018
Declarar improcedente la solicitud de ampliación de plazo parcial N° 01 por veintiocho días calendario, presentada por el consorcio NAJU.
13 de julio de 2018
Declarar improcedente la solicitud de ampliación de plazo parcial N° 01 por veintiocho días calendario, presentada por el consorcio NAJU.