Resolución de la Oficina de Administración N.° 000197-2025-IRTP-OA
5 de noviembre de 2025
Artículo 1.- Rectificar, de oficio, el Artículo Segundo de la Resolución de Oficina N° 000195-2025-IRTP-OA, de acuerdo al siguiente detalle:
Donde dice:
Artículo Segundo. - El importe indicado en el artículo precedente, será afectado preventivamente con cargo a la siguiente cadena funcional programática: Categoría 9001, Programa Presupuestal 3.999999, Actividad 5.000003, Función 16, División Funcional 006, Grupo Funcional 0008, Fuente de Financiamiento 1 00, Clasificador de Gasto 23.27.11 5 de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 116 IRTP.
Debe decir:
Artículo Segundo. - El importe indicado en el artículo precedente, será afectado preventivamente con cargo a la siguiente cadena funcional programática: Categoría 9001, Programa Presupuestal 3.999999, Actividad 5.000003, Función 16, División Funcional 006, Grupo Funcional 0008, Fuente de Financiamiento 1 00, Clasificador de Gasto 23.27.11 99 de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 116 IRTP.
Artículo 2. - Déjense subsistentes los demás extremos de la Resolución de Oficina N° 000195-2025-IRTP- OA, para todos los demás efectos, en cuanto no se opongan a la presente resolución.
Donde dice:
Artículo Segundo. - El importe indicado en el artículo precedente, será afectado preventivamente con cargo a la siguiente cadena funcional programática: Categoría 9001, Programa Presupuestal 3.999999, Actividad 5.000003, Función 16, División Funcional 006, Grupo Funcional 0008, Fuente de Financiamiento 1 00, Clasificador de Gasto 23.27.11 5 de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 116 IRTP.
Debe decir:
Artículo Segundo. - El importe indicado en el artículo precedente, será afectado preventivamente con cargo a la siguiente cadena funcional programática: Categoría 9001, Programa Presupuestal 3.999999, Actividad 5.000003, Función 16, División Funcional 006, Grupo Funcional 0008, Fuente de Financiamiento 1 00, Clasificador de Gasto 23.27.11 99 de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 116 IRTP.
Artículo 2. - Déjense subsistentes los demás extremos de la Resolución de Oficina N° 000195-2025-IRTP- OA, para todos los demás efectos, en cuanto no se opongan a la presente resolución.
