Resolución de Consejo Directivo N.° 068-2017-P/CD-IPD
CANOTAJE : improcedente solicitud de reconocimiento de junta directiva, designar Grupo de Trabajo, resolución tiene mérito registral y plazo de vigencia
25 de julio de 2017
Declarar improcedente la solicitud de reconocimiento de nueva Junta Directiva remitida por la federación de CANOTAJE., Designar al Grupo de Trabajo de la federación.,
Establecer que la presente resolución tiene mérito registral, razón por la cual el Grupo de Trabajo designado, queda facultado para iniciar los trámites pertinentes de inscripción ante Registros Públicos y Registro Nacional del Deporte.,
Establecer que el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es de seis (6) meses contados a partir fecha de emisión de la presente resolución.
Establecer que la presente resolución tiene mérito registral, razón por la cual el Grupo de Trabajo designado, queda facultado para iniciar los trámites pertinentes de inscripción ante Registros Públicos y Registro Nacional del Deporte.,
Establecer que el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es de seis (6) meses contados a partir fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo - 2017
