Resolución de Consejo Directivo N.° 002-2011-P/CD-IPD
AJEDREZ : plazo adicional, resolución tiene mérito registral, informe técnico del Gpo. de Trabajo
22 de febrero de 2011
Otorgar un plazo adicional de 3 meses para que el Grupo de Trabajo de la federación de AJEDREZ, cumpla con las funciones previstas en el Art. 2 ° de la Resolución 036-2010-P/CD-IPD del 23/8/2010.
Disponer que la presente Resolución tiene mérito registral, razón por la cual el Grupo de Trabajo queda facultado para inciar los trámites pertinentes ante los Registros Públicos.
El Grupo de Trabajo al término de sus funciones en un plazo no mayor a 15 días, deberá presentar un informe técnico deportivo - financiero - legal detallado y debidamente sustentado a DINADAF.
Disponer que la presente Resolución tiene mérito registral, razón por la cual el Grupo de Trabajo queda facultado para inciar los trámites pertinentes ante los Registros Públicos.
El Grupo de Trabajo al término de sus funciones en un plazo no mayor a 15 días, deberá presentar un informe técnico deportivo - financiero - legal detallado y debidamente sustentado a DINADAF.