Convenio 014-2021-IPD-ONPE
12 de marzo de 2021
Autorización para el acceso y uso temporal, de predios de propiedad de EL IPD a favor de LA ONPE a fin de ser utilizados como sedes de votación en las Elecciones Generales 2021 convocadas mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, garantizando las medidas de control y seguridad sanitarias con arreglo a lo dispuesto en la Ley N° 31038. El acceso y uso a los predios no implicará una afectación en uso por parte de EL IPD que seguirá administrando los bienes indicados. 4.2 Las especificaciones relativas a los predios a utilizarse serán determinadas por LAS PARTES mediante la suscripción del “Acta de Determinación de Predios” y estarán sujetas a la disponibilidad de los mismos, según indique EL IPD. Asimismo, LAS PARTES convienen que los predios serán utilizados por LA ONPE desde los diez (10) días previos a la fecha de las Elecciones Generales, hasta los cinco (05) días posteriores de concluidas las mismas. En caso se realice una segunda vuelta de Elecciones Generales se aplicarán los mismos plazos de uso antes indicados.
Esta norma pertenece al compendio Convenios firmados por el IPD - 2021