COMUNICADO N° 17-2018-INPE

Comunicado
REPERCUSIONES DEL INGRESO DE OBJETOS Y SUSTANCIAS PROHIBIDAS AL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO POR VISITAS Y FAMILIARES

19 de julio de 2018 - 4:54 p. m.

El Instituto Nacional Penitenciario comunica lo siguiente:

El Código de Ejecución Penal permite las comunicaciones y visitas de los internos en cuanto estas le sean beneficiosas, y evita aquellos contactos con el exterior que le resulten perjudiciales.

El Órgano Técnico Penitenciario de cada establecimiento penal realiza una evaluación integral de los internos, cada seis (06) meses, determinando su progresión o regresión en el tratamiento.

El ingreso o tentativa de ingreso al establecimiento penitenciario de artículos o sustancias prohibidas y/o considerados como delitos, por parte de familiares y visitantes del interno, representan para la población penitenciaria una conducta de involución dentro del proceso de reinserción social y del cumplimiento del régimen penitenciario, por lo que frente a ella el INPE adoptará las siguientes acciones:

  1. Iniciar las acciones penales correspondientes contra el familiar o visitante implicado, en caso de que el objeto o sustancia constituya delito, y, de ser el caso, determinar la responsabilidad penal del interno si la hubiera.
  2. Proceder con la sanción administrativa de suspensión temporal o definitiva de ingreso del familiar o visitante al establecimiento penitenciario.
  3. 2.Considerar este hecho como incidente significativo dentro del procedimiento de evaluación integral semestral realizada por el Órgano Técnico de Tratamiento al interno visitado; por tanto, esta conducta podrá determinar un resultado negativo de la evaluación e incidir en una posterior regresión.

Por ello, exhortamos a la población penitenciaria, familiares y visitantes a evitar este tipo de conductas perjudiciales para el proceso de reinserción social positivo de la población penitenciaria.