INPE informa sobre excarcelación de John Smith Arce

Comunicado
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16 de julio de 2025 - 7:00 p. m.

Comunicado Nro 29-2025-INPE
Con relación a la excarcelación del interno John Smith Cruz Arce, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) precisa lo siguiente:
1. El Instituto Nacional Penitenciario, a través de la Resolución Directoral N° 001-2025-INPE/ORAP-EPRCE-CHP-D, de fecha 19 de febrero de 2025, declaró no otorgar libertad a John Smith Cruz Arce por cumplimiento de condena con redención de pena por trabajo contabilizado como un día de pena por seis días de labor o estudio (6x1), conforme a las normas del Código de Ejecución Penal, dado a partir del año 2017.
2. Posteriormente, la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tacna REVOCÓ la sentencia de primera instancia que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por el interno John Smith Cruz Arce y reformándola, declararon FUNDADA, en consecuencia, declaran NULA la Resolución que decidió no otorgar libertad y ordena que se emita una nueva resolución directoral que “contabilice la redención de pena a razón de un día de pena por dos días de trabajo o estudio (2x1) conforme así lo regulaba el art. 44 del Código de Ejecución Penal vigente al momento en que la sentencia condenatoria del interno adquirió firmeza”.
3. Por ello, una vez notificada la sentencia, mediante Resolución Directoral N° 006-2025-INPE-ORAP-EP-CHP-D, del 14 de julio de 2025, se dio estricto cumplimiento a lo ordenado por el Poder Judicial.
4. Por tanto, para el cómputo de su pena se utilizó la norma vigente del 2008, fecha en la que fue sentenciado, por lo que, en aplicación del Código de Ejecución Penal y jurisprudencia del Tribunal Constitucional, correspondía dar por concluida su pena.
5. Sin perjuicio de lo expuesto, el INPE ha dispuestorevisar el procedimiento interno aplicado para que todo se haya realizado conforme a ley, de acuerdo a sus funciones en el sistema penitenciario, y velando por la seguridad de la ciudadanía en general.