Resolución de Presidencia N.° 375-2016-INPE/P

21 de octubre de 2016

DECLARAR, NO HA LUGAR al pedido de NULIDAD del acto del Comité de Selección de fecha 08 de setiembre de 2016 que dispuso la no admisión de la propuesta del Consorcio Club integrado por las empresas Ledggui Corporation SAC y Constructora y Servicios Falmarsa EIRL., en la Adjudicación Simplificada N° OO8-2016-INPE/17, primera convocatoria, para la contratación del “Serviciode mejoramiento de los ambientes administrativos, dormitorios del personal, servicios higiénicos de internos, puerta principal, cerco perimétrico e instalación de concertinas del Establecimiento Penitenciario de Chota de la Oficina Regional de Chota de la Oficina Regional Norte Chiclayo INPE”; en consecuencia IMPROCEDENTE lo solicitado mediante el documento presentado el 21 de setiembre de 2016 a través de la Oficina de Trámite Documentario de la Oficina Regional Norte Chiclayo, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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