Decreto Supremo N.° 019-2021-MINAM
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26 de abril de 2023
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento de acceso a los recursos genéticos y sus derivados, que tiene por objeto regular las disposiciones referidas al acceso a los recursos genéticos y sus derivados establecidas en la Decisión N391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina (CAN), Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, en concordancia con lo establecido por el Protocolo de Nagoya sobre el Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica.
El presente Reglamento tiene por finalidad:
El presente Reglamento tiene por finalidad:
- Desarrollar los mecanismos para el acceso a los recursos genéticos y sus derivados, que prevean una participación justa y equitativa en los beneficios derivados de dicho acceso.
- Contribuir a la conservación y utilización sostenible de los recursos genéticos y sus derivados.
- Promover e incentivar la investigación, desarrollo e innovación en el país, vinculadas a los recursos genéticos y sus derivados.
- Fortalecer las capacidades institucionales del país en materia de acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de su utilización.
- Aumentar la concienciación de los actores involucrados en el acceso y gestión de los recursos genéticos y sus derivados para asegurar una participación justa y equitativa de los beneficios por su utilización.
El presente Reglamento es aplicable a los recursos genéticos y sus derivados de:
- Las especies de las que el Perú es país de origen.
- Las especies migratorias que por causas naturales se encuentren en el territorio nacional.
Esta publicación pertenece al compendio Normativa que regula el acceso a los recursos genéticos y sus derivados