Horario de recepción documental digital
Comunicado
29 de diciembre de 2022 - 9:58 a. m.
ESTIMADOS USUARIOS:
En mérito a la Resolución de Gerencia General N° 0107-2022-INGEMMET/GG de fecha 12.12.2022, y el Informe N° 001-2022-INGEMMET/GG-ET, se hace de conocimiento la modificación de los términos y condiciones de uso de nuestra Ventanilla Virtual (Mesa de Partes Digital) de acuerdo al siguiente detalle:
En mérito a la Resolución de Gerencia General N° 0107-2022-INGEMMET/GG de fecha 12.12.2022, y el Informe N° 001-2022-INGEMMET/GG-ET, se hace de conocimiento la modificación de los términos y condiciones de uso de nuestra Ventanilla Virtual (Mesa de Partes Digital) de acuerdo al siguiente detalle:
- HORARIOS:
La Ventanilla Virtual (Mesa de Partes Digital) del INGEMMET, se encuentra habilitada las 24 horas del día, los 7 días de la semana para la presentación de documentos e inicio de trámites ante el INGEMMET.
Las solicitudes ingresadas a través de la Ventanilla Virtual (Mesa de Partes Digital) desde la 00.00 horas hasta las 23.59 horas de un día se considerarán presentadas el mismo día de recibido.
Las solicitudes ingresadas a través de la Ventanilla Virtual (Mesa de Partes Digital) desde la 00.00 horas hasta las 23.59 horas de un día se considerarán presentadas el mismo día de recibido.
- PLAZOS:
Solo para los efectos del cómputo de los plazos, los documentos presentados los días sábados, domingos y feriados u otro día inhábil, se considerarán presentados el primer día hábil siguiente.
SE PRECISA que la recepción de solicitudes de Concesiones Mineras (presencial y virtual) continuará de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:30 p.m., en la ciudad de Lima y en los Órganos Desconcentrados, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 22.4 del artículo 22 del Decreto Supremo N° 020-2020-EM.
SE PRECISA que la recepción de solicitudes de Concesiones Mineras (presencial y virtual) continuará de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:30 p.m., en la ciudad de Lima y en los Órganos Desconcentrados, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 22.4 del artículo 22 del Decreto Supremo N° 020-2020-EM.