Resolución de Gerencia General N.° 023-2020-INGEMMET/GG
2 de julio de 2020
Disponen con eficacia anticipada al 16 de marzo de 2020, que durante el periodo de vigencia de la Emergencia Sanitaria o el Estado de Emergencia Nacional, los contratistas a través de correo electrónico podrán remitir a la Unidad de Logística la solicitud de ampliación de plazo de sus contrataciones de bienes y/o servicio. Del mismo modo, la entidad a través de correo electrónico emitido por la unidad de Logística dará respuesta a los contratistas de acuerdo a lo informado bajo responsabilidad de la Unidad Orgánica requirente del bien y/o servicio contratado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General