Pago Masivo - BCP

Guía

13 de marzo de 2024

Esta modalidad se puede utilizar para efectuar 10 o más operaciones; pudiendo realizar el pago a través de cheque o con carta membretada (de la empresa) dirigida al Banco de Crédito del Perú con el detalle de las operaciones a realizar. (ver modelo proporcionado por el Banco)

FORMA DE PAGO
Los pagos podrán efectuarse mediante el uso de:
  1. Cheque el BCP u otro banco
  2. Carta instruyendo cargo en cuenta

De realizarse el pago a través de cheque, el mismo debe ser emitido a la orden del INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO por el MONTO EXACTO a pagar. Si hubiera alguna diferencia, la entidad bancaria no aceptará el cheque. Para el caso donde se asuma una comisión esta podrá estar incluida en el cheque o pagarse en efectivo.

LUGARES DE PAGO
Cualquier agencia del Banco de Crédito del Perú.

INFORMACION A TENER EN CUENTA PARA EL PAGO CON CARTA ORDEN
a) Para realizar este pago deberá contar con una cuenta de ahorros o corriente en el Banco de Crédito del Perú, en la misma moneda que efectuará el pago.
b) Si las cartas son presentadas al Banco antes de las 12:30 pm, serán procesadas en el momento, después de esta hora no será recibida ninguna solicitud de este tipo hasta el día siguiente útil.
c) Las boletas (Voucher) tendrán como fecha de pago la del proceso. Y será entregada en el momento a la persona que presentó la solicitud.
d) En el caso de pagos con carta orden y cargo en cuenta BCP, se cobrará una comisión de S/. 60.00 por la carta orden, más S/. 7.00 por cada operación, más la comisión de recaudación que se indican a continuación **.
e)  La comisión de recaudación que cobrará el Banco de Crédito del Perú será de US$ 2.00 Dólares Americanos  y S/. 7.00 Soles, por operación, para los siguientes conceptos:
  • Derecho Vigencia y-o Penalidad Dólares
  • Derecho Vigencia y Penalidad Soles

** En el caso de pago con cheque (sin carta), sólo se aplicará la comisión de recaudación indicada en el inciso e) de la presente comunicación, tratamiento como pago NO masivo. 

Los pagos realizados en las entidades bancarias autorizadas por Derecho de Vigencia y/o Penalidad, podrán ser consultados al día siguiente hábil de efectuados los mismos, en la página web del INGEMMET, https://www.gob.pe/institucion/ingemmet/colecciones/1882-derecho-de-vigencia, opción Consulta el Registro de Pagos del Derecho de Vigencia y Penalidad.

Documentos

Vista preliminar de documento Carta Modelo  - BCP 2024

Carta Modelo - BCP 2024

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