INEI ejecutará Censo Nacional de Cooperativas 2016

Nota de prensa

4 de abril de 2017 - 12:00 a. m.

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en coordinación con el Ministerio de la Producción (PRODUCE) y en el marco del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional suscrito entre ambas instituciones, realizarán del 04 de abril al 31 de mayo del presente año el Censo Nacional de Cooperativas 2016.

Esta investigación estadística recogerá información para la elaboración del Registro Nacional de Cooperativas (RENACOOP), que servirá diseñar e implementar políticas, programas y proyectos en base a las necesidades de este importante segmento empresarial.

El Censo Nacional de Cooperativas 2016 se desarrollará en 24 departamentos del país y en la Provincia Constitucional del Callao. Cabe mencionar que el marco estadístico de las cooperativas que proviene del Directorio Central de Empresas y Establecimientos del INEI y del Registro de PRODUCE. La relación de Cooperativas que serán incluidas en esta investigación se publicará en la página web del INEI (http://www.inei.gob.pe). El periodo de referencia de la información corresponde al año 2016; asimismo, la recolección de la información será por entrevista personal mediante un dispositivo electrónico Tablet.

El objetivo del Censo Nacional de Cooperativas 2016, es obtener información actualizada sobre las características, organización, situación económica, demográfica y social de las cooperativas del país, con el propósito de contribuir en la formulación, evaluación y seguimiento de políticas, planes, programas o proyectos para su contribución, así como en el desarrollo económico regional y nacional.

Cobertura sectorial

Se aplicará a todas las Cooperativas que realizan actividades: Agrarias, Comerciales, Ahorro y Crédito, Colonización, Pesqueras, Artesanales, Industriales, Servicios Públicos, Consumo, Trabajo, entre otras.

El INEI garantiza la confidencialidad de la información

La información proporcionada por las cooperativas tiene carácter de secreto estadístico y no podrá ser revelada en forma individualizada, aunque mediare orden administrativa o judicial, tal como lo establece el artículo 97° del D.S. N° 043-2001-PCM, del Reglamento de Organización y Funciones del INEI.

En ese sentido, se solicita a los conductores, gerentes o responsables de las cooperativas brindar las facilidades del caso a los funcionarios del INEI, quienes se presentarán debidamente identificados con su credencial y uniformados, para que puedan cumplir con esta actividad.