Resolución de la Oficina de Administración N.° 014-2023-INDECI
3 de marzo de 2023
Aprobar la donación de (25) unidades de carpas para
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra
Brigada de Caballería del Ejército del Perú, (15) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor del Agrupamiento de
Ingeniería “Tte Crl. Pedro Ruiz Gallo” del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra
Brigada Multipropósito del Ejército del Perú, (30) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 33ª Brigada de
Infantería del Ejército del Perú, (05) unidades de carpas para campamento de lona con
piso para seis personas, dados de baja a favor del Regimiento de Caballería “Glorioso
Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú del Ejército del Perú, (30) unidades de
carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor
del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército del Perú, (08) unidades de
carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor
del Policlínico Militar Chorrillos del Ejército del Perú, (30) unidades de carpas para
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 5ta
Brigada de Montaña del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra Brigada de Fuerzas Especiales del Ejército del Perú, (20) unidades de carpas para campamento de lona con
piso para seis personas, dados de baja a favor de la 3ra Brigada de Caballería “Tacna”
del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para campamento de lona con piso para
seis personas, dados de baja a favor de la 4a Brigada de Montaña del Ejército del Perú
y (50) unidades de carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados
de baja a favor de la III División del Ejército del Perú, que se detallan en el Anexo que
forma parte integrante de la presente Resolución.
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra
Brigada de Caballería del Ejército del Perú, (15) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor del Agrupamiento de
Ingeniería “Tte Crl. Pedro Ruiz Gallo” del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra
Brigada Multipropósito del Ejército del Perú, (30) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 33ª Brigada de
Infantería del Ejército del Perú, (05) unidades de carpas para campamento de lona con
piso para seis personas, dados de baja a favor del Regimiento de Caballería “Glorioso
Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú del Ejército del Perú, (30) unidades de
carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor
del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército del Perú, (08) unidades de
carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor
del Policlínico Militar Chorrillos del Ejército del Perú, (30) unidades de carpas para
campamento de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 5ta
Brigada de Montaña del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para campamento
de lona con piso para seis personas, dados de baja a favor de la 1ra Brigada de Fuerzas Especiales del Ejército del Perú, (20) unidades de carpas para campamento de lona con
piso para seis personas, dados de baja a favor de la 3ra Brigada de Caballería “Tacna”
del Ejército del Perú, (50) unidades de carpas para campamento de lona con piso para
seis personas, dados de baja a favor de la 4a Brigada de Montaña del Ejército del Perú
y (50) unidades de carpas para campamento de lona con piso para seis personas, dados
de baja a favor de la III División del Ejército del Perú, que se detallan en el Anexo que
forma parte integrante de la presente Resolución.