Convenio Específico Interinstitucional entre la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú y la Clínica Dental Odonto Mundi
Convenio
23 de febrero de 2024
- Fecha de Inicio: 23.02.2024
- Fecha de Fin : 23.02.2026
OBJETO DEL CONVENIO ESPECÍFICO
El presente convenio específico de cooperación interinstitucional tiene por objeto que los integrantes de la BENEMÉRITA Y CENTENARIA COMPAÑÍA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS HUACHO N° 20, en adelante LA COMPAÑÍA, accedan a descuentos en los servicios odontológicos con tarifa preferencial para tratamientos que brinda la CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI.
DE LOS COMPROMISOS DE LA CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI, se compromete a:
4.1 . Realizar la prestación de los servicios, siempre que sean requeridos dentro de su horario de atención en las instalaciones de la CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI, esto es: lunes a sábado de 9:00 — 13:00 y de 15:00 a 20:00, para:
- a) Evaluación y despistaje gratuito.
- b) Consultorio dental (realizar tratamientos — fase higiénica y obturaciones simples).
- c) Soporte en campañas preventivas para los colaboradores y familiares.
- d) Capacitación por medio de charlas informativas por especialidad.
4.2. Los bomberos de LA COMPAÑÍA serán sujetos de:
- a) Descuento preferencial, según anexo 1 que forma parte del presente convenio.
- b) Garantía en los tratamientos.
- c) No existe límite de edad.
4.3. Para acceder a los descuentos, promociones y la aplicación de la tarifa preferencial para tratamientos, los bomberos de LA COMPAÑÍA presentarán el DNI y carné de bombero de Huacho, en la sede de Huacho la cual se encuentra en el anexo 2.
4.4. La CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI, se compromete a utilizar los procedimientos y materiales idóneos conforme a la naturaleza médica de cada caso, haciéndose responsable frente a los bomberos de LA COMPAÑIA por el buen resultado del servicio dental que suministre y de eventuales daños y/o perjuicios que pudieran derivarse de los mismos; comprometiéndose a brindar sus servicios con profesionales especializados, dada la naturaleza del servicio
4.5. La forma de pago por los tratamientos realizados será pactada directamente entre los bomberos de LA COMPAÑIA, que voluntariamente accedan a contratar los servicios odontológicos de la CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI según las tarifas indicadas en el anexo l, no estando obligada LA COMPAÑÍA a garantizar el pago de los servicios contratados directamente por sus bomberos a la CLINICA DENTAL ODONTO MUNDI, siendo el pago de los servicios de exclusiva responsabilidad de sus integrantes.
4.6. En caso de decidir el reajuste o variación de las tarifas, LA COMPAÑIA será previamente informado por escrito en un tiempo no menor de quince días.
4.7. El material (afiches, trípticos y otros medios publicitarios) para la difusión del presente convenio dentro de las instalaciones de la CLÍNICA DENTAL ODONTO MUNDI será proporcionado si lo estima conveniente por la CLÍNICA ODONTO MUNDI, quien se compromete a no utilizar signos distintivos y logos de LA COMPAÑIA, sin autorización previa y por escrito de LA INBP.