Resolución de Consejo Directivo N.° 064-2005-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2005
Se interpreta que, de acuerdo a lo establecido por las cláusulas 12.7, 3.8 y 14.1 del contrato de concesión establecido con la empresa Ferrovías Central Andina S.A., los costos de mitigación de pasivos ambientales deberán ser asumidos por el concedente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
