Beneficiarios/as de asistencia económica por orfandad a causa del COVID-19 ya pueden cobrar lo correspondiente a mayo y junio
Nota de prensaAsistencia económica beneficia a más de 17 mil niñas, niños y adolescentes cuya madre o padre o ambos hayan fallecido por la COVID-19 durante la vigente emergencia sanitaria.
Fotos: Sub Unidad de Comunicación e Imagen
11 de julio de 2022 - 3:01 p. m.
Asistencia económica por orfandad a causa del Covid-19
El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) publicó el último padrón de beneficiarios/as de la Asistencia Económica a favor de niñas, niños y adolescentes, cuya madre o padre o ambos hayan fallecido por la COVID-19 durante la vigente emergencia sanitaria, correspondiente a los meses de mayo y junio de 2022, llegando a un total de 17 278 niñas, niños y adolescentes, quienes recibirán 200 soles por cada mes (abonados de manera bimestral).
A través de un comunicado, Inabif invocó a las/os administradores/as reconocidos/as como tales en la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 057, de fecha 27 de junio de 2022, a acudir desde el 4 de julio a los agentes, agencias y/o cajeros del Banco de la Nación, indicar que tienen una cuenta abierta a su nombre y cobrar la asistencia económica en favor de las/os menores beneficiarios/as continuadores/as.
La mencionada asistencia económica se trata de una pensión mensual de S/ 200.00, abonada en forma bimestral, que el Estado otorga a cada niña, niño y adolescente, cuya madre o padre o ambos hayan fallecido por la COVID-19 durante la vigente emergencia sanitaria, con la finalidad de ayudar en su alimentación, educación, salud física y mental u otras necesidades relativas a su desarrollo integral.
Asistencia económica por orfandad universal
Asimismo, el Inabif ha aprobado, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 049, de fecha 3 de junio de 2022, la Directiva N° 003-2022-INABIF/UDIF, denominada «Disposiciones para el otorgamiento de la asistencia económica a niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad», mediante la cual se establecen las disposiciones del proceso para el otorgamiento y entrega de la asistencia económica, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31405, Ley que promueve la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad.
Como se sabe, esta asistencia económica tiene como objeto promover la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, cualquiera haya sido la causal de su orfandad, según lo dispuesto en el Reglamento de la antes mencionada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2022-MIMP.
¿Quién es beneficiario/a?
Son las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad, por haberse producido el fallecimiento de su padre, madre o de ambos, o de su tutor legal, quienes provienen o son acogidos en hogares que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema.
Adicionalmente, lo son las niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad conforme al Mecanismo Intersectorial para la protección de los Defensores de Derechos Humanos.
Asimismo, se precisa que las niñas, niños y adolescentes que padezcan enfermedades crónicas o aquellos que tengan alguna discapacidad tendrán preferencia respecto del otorgamiento de los beneficios establecidos en la Ley N° 31405.
¿En qué consiste este beneficio?
La asistencia económica implica la entrega de S/ 200.00 mensuales para cada beneficiario/a, la cual es abonada cada dos meses en una cuenta de ahorros creada específicamente para tal fin en el Banco de la Nación a nombre de un/a administrador/a.
Asimismo, el Inabif ejecuta el servicio de acompañamiento profesional a los/as beneficiarios/as, el cual debe garantizar que las niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad gocen de sus derechos fundamentales a la educación, salud, integridad física y psicológica, así como a vivir en familia, entre otros.
Más información y registro
Los detalles del procedimiento, condiciones y requisitos, así como el registro se encuentran disponibles en las siguientes direcciones web, respectivamente: https://www.gob.pe/13693-solicitar-asistencia-economica-para-casos-de-orfandad y https://facilita.gob.pe/t/717.