Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 420-2019-INABIF/DE

17 de diciembre de 2019

APROBAR la modificación de los numerales 5.6 de la Directiva Especifica N° 001-2019-INABIF/UA.SUL "Disposiciones para efectuar contrataciones por montos menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias en el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar -INABIF; aprobado con Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 056 de fecha 05 de febrero de 2019, los cuales quedaran integrados en un solo numeral, bajo el siguiente texto: Numeral 5.6 "Los requerimientos de bienes y servicios, así como de los/as locadores de servicios, deben ser aprobados por la Unidad de Administración y atendidos únicamente por la Sub Unidad de Logística, previa disponibilidad presupuestal a través de la Certificación del Crédito Presupuestario (CCP) conforme a la metodología y/o procedimientos establecidos en la presente directiva y normas legales vigentes al respecto".// ARTICULO 2.- DEJAR SIN EFECTO el numeral 5.7 de la mencionada Directiva

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