Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 120-2019-INABIF/DE
11 de abril de 2019
Establecer que las horas dejadas de laborar en los días declarados no laborares a los que se refiere el Decreto Supremo N° 002-2019-PCM, se compensarán extendiendo por una hora el salida, los días laborales señalados a continuación:
DÍAS NO LABORALES
01.- MARTES 30 DE JULIO DE 2019 - DÍAS A COMPENSAR - DEL 31 DE JULIO AL 09 DE AGOSTO DE 2019.
02.-JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2019 - DÍAS A COMPENSAR - DEL 02 AL 11 DE SETIEMBRE DE 2019.
03.- JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2019 - DÍAS A COMPENSAR - DEL 04 AL 13 DE NOVIEMBRE DE 2019.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Dirección Ejecutiva